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Ríos Montt podría ser amnistiado

Corte de Constitucionalidad, máximo tribunal de Guatemala, ordenó fundamentar jurídicamente "por qué no es aplicable la amnistía".

Publicado: 2013-10-23

El exdictador guatemalteco José Efraín Ríos Montt acaricia la posibilidad de ser amnistiado para evadir su supuesta responsabilidad en los delitos de genocidio y crímenes de guerra perpetrados durante su régimen de facto, gracias a un fallo emitido hoy por la Corte de Constitucionalidad (CC). 

El máximo tribunal de este país centroamericano, en una decisión dividida de cinco a dos, de sus siete magistrados, ordenó a la Sala Primera de Apelaciones que pida al Juzgado A de Mayor Riesgo, fundamentar jurídicamente "por qué no es aplicable la amnistía" solicitada por el general retirado.

El secretario de la CC, Martín Guzmán, aclaró a los periodistas que la CC "en ningún momento" ha resuelto que se le aplique la amnistía a Ríos Montt, pero sí que el tribunal "razone" y argumente jurídicamente por qué se excluyó el Decreto 8-86 en el proceso legal seguido en contra del exjefe de Estado de facto.

En esa normativa, aprobada por el régimen dictatorial de Óscar Mejía Víctores (1983-1986), se otorgó amnistía a los militares y guerrilleros que participaron en la guerra interna que padeció el país (1960-1996).

El año pasado, el Juzgado A de Mayor Riesgo rechazó la petición de amnistía solicitada por los abogados del exjefe de Estado, para evitar que fuera procesado por los delitos de genocidio y crímenes de guerra de los que lo acusa la Fiscalía.

Guzmán explicó que con este nuevo fallo de la CC, la jueza Carol Patricia Flores, titular de esa judicatura, tendrá un plazo de cinco días a partir de que sea notificada, para cumplir con lo ordenado y resolver si es procedente o no conceder la amnistía a Ríos Montt.

Archivo.El juicio contra Efraín Ríos Montt fue anulado primero por la máxima instancia judicial del país por vicios en el proceso, y rechazado después por los magistrados que debían retomarlo.

Archivo.El juicio contra Efraín Ríos Montt fue anulado primero por la máxima instancia judicial del país por vicios en el proceso, y rechazado después por los magistrados que debían retomarlo. ampliar

Danilo Rodríguez, uno de los abogados de Ríos Montt, aseguró que su cliente "fue amnistiado por la ley promulgada por Mejía Víctores en 1986", por lo que, dijo, el fallo de la CC viene a "confirmar" un derecho que le había sido violentado.

Polémica. Por su parte, el abogado Héctor Reyes, del Centro de Acción Legal para los Derechos Humanos (Caldh), que actúa como querellante en el proceso, aseguró en una rueda de prensa que la resolución de la CC no puede ser aplicada porque "es contradictoria con otra emitida en agosto pasado".

En ese fallo, al que tuvo acceso Acan-Efe, la Corte sostiene que los delitos de genocidio y crímenes de guerra "son imprescriptibles en Guatemala", por lo cual no pueden ser objeto de amnistía.

Reyes dijo que tras ser notificados harán "análisis meticuloso" de la resolución para definir las acciones a seguir.

Por otra parte, la subdirectora de Caldh, Alejandra Castillo, explicó que el decreto de amnistía invocado por el exdicator no puede ser fuente de derecho, debido a que el mismo fue derogado por la Ley de Reconciliación Nacional, vigente desde 1996.

Esa normativa, pactada por el Gobierno y la antigua guerrilla en el marco de los acuerdos de paz, derogó todos los decretos de amnistía vigentes hasta ese año, y dejó fuera de ese beneficio la persecución penal para el genocidio, tortura y desaparición forzada.

La activista enfatizó que las personas acusadas de esos delitos cometidos durante el conflicto armado "no pueden ser objeto de la aplicación de amnistía, prescripción o extinción de la responsabilidad penal".

Tomado de La Nación


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